DERECHOS DEL NIÑO 3.

En esta oportunidad hablaremos del  principio 9  que es muy importante para la protección de los niños.

 PRINCIPIO 9

El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata. No deberá permitirse al niño trabajar  antes de una edad mínima adecuada, en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo que puede perjudicar su salud o su educación, o impedir su desarrollo físico, mental o moral.

Este principio abarca distintas áreas, entre ellas abandono, crueldad, maltrato, explotación, abuso sexual y trabajo infantil. Debido a su amplitud en este artículo nos dedicaremos solo a él.

Con respecto al trabajo infantil hay niños que se los obliga a trabajar como adultos, niños que trabajan en servicio doméstico, en las vendimias, en la calle vendiendo, etc.

El trabajo no es una función del niño, a éste le implica un desgaste de tiempo y energía que le impide realizar las tareas propias de un niño. Deja de jugar y de estudiar que son los pilares de su formación.

Un niño que trabaja  no tiene las mismas oportunidades que los demás niños.

Con respecto al maltrato infantil podemos decir que se considera que un niño o niña es maltratado cuando su salud física o mental o su seguridad son expuestos a situaciones de peligro, ya sea por acciones o por omisiones, llevadas a cabo por sus padres o cuidadores. Se puede dar en cualquier nivel social, económico o educativo.

El maltrato se puede expresar de distintas formas:

·    Negligencia

·    Maltrato físico

·    Maltrato Emocional

·    Abuso sexual

Frente a la amplia gama de indicadores que existe mencionaremos algunos

INDICADORES

NEGLIGENCIA (descuido, abandono que implican una forma pasiva de maltrato.)

·    Niños desnutridos o mal nutridos

·    Malas condiciones higiénicas

·    Pediculosis

·    Vestimenta inadecuada para la época.

·    Inasistencias reiteradas.

MALTRATO (cualquier castigo corporal o privación de cuidados o alimentos).

¬ Físicos: moretones, quemaduras, fracturas, raspaduras, etc.

¬ Emocionales; niños sumisos, niños violentos, conductas autoagresivas, baja autoestima, etc.

ABUSO

·    Actitud evasiva o defensiva frente a los adultos.

·    Conductas que implican el conocimiento de la sexualidad adulta.

·    Juegos sexualizados persistentes e inadecuados para la edad.

·    Conductas auto agresivas.

·    Conductas depresivas

·    Ausencias reiteradas.

·    Juegos repetitivos que expresen temas de abuso y maltrato.

Todas las formas de maltrato significan un atentado contra la vida y la salud y afectan el desarrollo y el futuro del niño.

El maltrato a niños produce graves consecuencias, no solo por el daño que provoca sino por el modelo negativo que aprenden y que luego lo transmitirán a sus hijos, repitiendo las conductas de maltrato.

Generalmente los padres que están involucrados en una situación de maltrato les resulta difícil salir, sin una intervención externa (tratamiento terapéutico, tribunal etc.)

La detección del maltrato es importante pero hay que ser cuidadoso con la forma de intervenir ya que cualquier medida apresurada puede producir daños.

Prevención del abuso infantil.

Desde pequeño es importante generar un espacio de comunicación con su hijo, donde éste tenga la confianza suficiente para hablar de distintos temas.

Enseñar al niño el nombre correcto de cada parte del cuerpo, especialmente de los órganos genitales.

Enseñarle la privacidad de las partes del cuerpo y a decir no frente a cualquier oferta sexual.

Frente a un caso de  maltrato o abuso sexual:

Es importante no perder la calma, creer en la palabra del niño, protegerlo .

Evitar  comentarios que hagan referencia a que ya no será el mismo. Poner el acento en que saldrá adelante. No culpabilizar  al niño.

Investigar la verdad de los hechos.

Cualquier ciudadano debe realizar la denuncia, ya sea en forma verbal o por escrito a un juez competente.

Lic. Cruz Rossi María Isabel

Bibliografia: Abuso sexual infantil. Irene Intebi

Maltrato infantil. Golberg- kuitca.

 Convención sobre los Derechos del niño.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Wordpress Social Share Plugin powered by Ultimatelysocial
18k
2k